Dansocial: el Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria, es el encargado de dirigir y coordinar la política estatal para la promoción, planeación, protección, fortalecimiento y desarrollo empresarial de las entidades de la economía solidaria.
Supersolidaria: la Superintendencia de la Economía Solidaria, es la entidad del estado encargada de la supervisión de las entidades de la economía solidaria.
Fogacoop: el Fondo de Garantías de la Economía Solidaria, es la entidad que cubre el riesgo de los diferentes actores que conforman las entidades solidarias financieras y con actividad de ahorro y crédito.
Confecoop: la Confederación de Cooperativas de Colombia, es una entidad cooperativa de tercer grado, y actúa como un organismo gremial que aboga por los intereses del sector a nivel nacional e internacional.
Analfe: la Asociación de Fondos de Empleados es una entidad que representa los intereses de este tipo de empresas solidarias.
I. Fusión, Transformación, Incorporación Y Escisión
Fusión
Cuando dos o más entidades solidarias se disuelven sin liquidarse y crean una nueva entidad.
Transformación
Cuando una entidad solidaria se transforma a otro tipo de entidad, por ejemplo, un fondo de empleados a cooperativa.
Incorporación
Se da cuando una entidad se disuelve sin liquidarse, es decir no continua funcionando con su persona jurídica y se le une a otra entidad que la recibe. La entidad que desaparece se denomina incorporada, mientras que la entidad que recibe a la incorporada y continua con su persona jurídica se denomina incorporante.
Escisión
Es cuando una entidad solidaria se disuelve sin liquidarse y divide en dos o más entidades solidarias nuevas o existentes.
Normatividad Soporte
II. Conversión
Es cuando una precooperativa se convierte en cooperativa.
Normatividad Soporte
Artículos 20, 21 y 22 Decreto 1333 de 1989.
III. Promoción Reestructuración Económica
Es la aceptación a una cooperativa en la promoción de un acuerdo de reestructuración económica de acuerdo a lo establecido en la Ley 550 de 1999.
Normatividad Soporte
Primer inciso, Artículo 6º Ley 550 de 1999.
Es el sistema socioeconómico, cultural y ambiental conformado por el conjunto de fuerzas sociales organizadas en formas asociativas identificadas por prácticas autogestionarias solidarias, democráticas y humanistas, sin ánimo de lucro para el desarrollo integral del ser humano como sujeto, actor y fin de la economía.
Promover el desarrollo integral del ser humano. Generar prácticas que consoliden una corriente vivencial de pensamiento solidario, crítico, creativo y emprendedor como medio para alcanzar el desarrollo y la paz de los pueblos. Contribuir al ejercicio y perfeccionamiento de la democracia participativa. Participar en el diseño y ejecución de planes, programas y proyectos de desarrollo económico y social. Garantizar a sus miembros la participación y acceso a la formación, el trabajo la propiedad, la información, la gestión y distribución equitativa de beneficios sin discriminación alguna.